Loanterior es así, por las siguientes razones: primera, el criterio de necesidad. Si el cónyuge enfermo o con incapacidad no necesita los alimentos para subsistir de manera digna y autónoma, no tiene derecho a exigirlos, pero si necesita tales alimentos para dicho fin, tendrá derecho a ellos en una cuantía razonable a la luz del propósito de asegurarle
Eldivorcio, término del matrimonio en el Ecuador. Publicado en 16 abril, 2020 por legalissues. 16. Abr. Por definición legal el “matrimonio es un contrato solemne, por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente”. Termina el matrimonio por la muerte de uno de los cónyuges; por
Accesoa la pensión de viudedad. La principal función de la pensión de viudedad es poder ofrecerle a un ciudadano la cobertura de sus necesidades económicas, en el caso de que fallezca su pareja.Este tipo de pensión tiene compatibilidad con la pensión de jubilación, con la renta de trabajo o con la pensión por incapacidad.. En cualquier caso,
Eldivorcio ha sido definido como la disolución del vínculo matrimonial y que deja a los cónyuges en posibilidad de contraer otro matrimonio. En México, en la mayoría de los ordenamientos legales estatales del Derecho Familiar se reconocen dos tipos de divorcio uno que es el que se promueve ante la figura del Registro Civil y el otro ante
ElPleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo se ha pronunciado recientemente en la Sentencia 668/2017, de 14 de diciembre, sobre el carácter ganancial o privativo de una indemnización por incapacidad absoluta que el cónyuge haya recibido antes del divorcio, por una póliza colectiva suscrita por la empresa en donde desempeñaba su actividad
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Lasala deduce la ganancialidad de la deuda de los artículos 1365.2 1362.4 por considerar probado que fueron contraídas por la profesión de agricultor del marido; afirma que como regla el cónyuge que no contrajo la deuda no es deudor y no responde con sus propios bienes, pero sí con su participación en la sociedad gananciales;
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divorcio con un conyuge incapacidad